El sector empresarial de Balears se moderniza apostando por la calidad

Con la nueva Ley para la Circularidad y la Sostenibilidad en el Turismo, Balears actualiza los criterios para conseguir un sector hotelero más moderno y competitivo, que apueste por la calidad del servicio y no por la cantidad de pernoctaciones, y con aspectos de obligado cumplimiento y sanciones en el caso de que se produzcan infracciones por parte de la empresas.

Público

El sector empresarial de Balears apuesta por su modernización y lo hace basándose en la calidad como modelo de actuación, que se consolida gracias a la nueva ley turística propuesta por el Govern de las Illes Balears, la Ley para la Circularidad y la Sostenibilidad en el Turismo. Esta nueva norma ha sido diseñada entendiendo el gran reto a afrontar y el cambio de paradigma que supone para el modo de gestionar la economía.

Se trata de una transformación que, en la práctica, lleva tiempo en marcha bajo una ambiciosa estrategia: convertir el sector turístico en un motor de impactos positivos en toda la sociedad y en el medio ambiente, y que esa nueva realidad sea un auténtico motor de regeneración y de fortalecimiento social.

Con la nueva ley se actualizan los criterios para conseguir un sector hotelero más moderno y competitivo, que apueste firmemente por la calidad del servicio y no por la cantidad de pernoctaciones. Para ello, se tienen en cuenta una serie de aspectos concretos que contribuirán a una nueva clasificación hotelera.

Hotel en Calvià - Fuente: AETIB - Govern de les Illes Balears / Autor: Soni Martinez

Calidad y practicidad

Balears plantea que los estándares de las categorías más bajas se incrementen, con la finalidad de que asciendan a unos puntos de calidad mínima. Se modernizan las exigencias, como los criterios relacionados con los televisores en las habitaciones, que incluyen acceso al contenido digital bajo petición, como también se valora la opción de disponer de altavoces sin cables en las habitaciones.

Igualmente se simplifican aspectos que han quedado ya obsoletos, y por ello se eliminan, por ejemplo, los teléfonos supletorios en los baños o el taburete, el despertador en la habitación o el servicio de fax en la recepción. También se prescinde de elementos más subjetivos o de difícil valoración, como la atmósfera armoniosa en el hotel, con luz, olor, música o color, y elementos comunes que atienden al estado de conservación y la antigüedad.

Clasificación hotelera

Se modernizan también con la nueva norma los criterios y puntuaciones de la clasificación hotelera, con el objetivo último de alcanzar un parque hotelero más sostenible en lo medioambiental y lo social. Para ello, y en busca de la eliminación del papel en los hoteles, se antoja fundamental digitalizar la oferta regional.

Se valoran, a su vez, aspectos como la disposición de oferta de vehículos eléctricos que den apoyo e impulso a la movilidad sostenible. Todo en busca de una mejor oferta, más moderna y ajustada a los tiempos que corren, y siempre con la calidad como eje fundamental.

Infracciones en caso de no acometer las actuaciones

En el marco de la nueva norma, se consideran infracciones administrativas para las empresas en materia de turismo una serie de acciones u omisiones:

  • El incumplimiento en el plazo máximo establecido de la instalación de camas elevables.
    • Incumplimiento de la obligación de disponer del Plan de Circularidad y de llevar a cabo las evaluaciones anuales.
  • No disponer de toda la documentación acreditativa de la elaboración del Plan de Circularidad.
    • Contar con un Plan de Circularidad o evaluaciones periódicas cuyo contenido no se ajuste a las exigencias establecidas en esta norma.
    • Incumplir la obligación de eliminar las instalaciones térmicas que funcionan con fuel o gasóleo, sustituyéndolas por otras que empleen fuentes de energía que reduzcan el impacto medioambiental, salvo de imposibilidad técnica debidamente acreditada.
    • No tener doble pulsador o pulsador con interrupción de la descarga a las cisternas de los inodoros.
    • Incumplir la prohibición de poner a disposición de los clientes comodidades sanitarias de baño desechable.
    • Hacer uso de especies clasificadas como categorías amenazadas para consumo alimentario.
    • No indicar de manera diferenciada en la carta, menú o similar, los productos tanto de marisco como de pez que tengan origen balear.
    • Incumplir la obligación de ajustar las temperaturas y el uso de las instalaciones térmicas.
    • Publicitarse o comercializarse como empresa circular, que aplica estrategias de economía circular o análogos, sin disponer de Hashtag ecológico de la UE.

Sanciones de hasta 100.000 euros

En lo que se refiere a las sanciones, cada Consell Insular será competente para iniciar y resolver los procedimientos para la imposición de las sanciones a las que se refiere la ley. Estas sanciones quedan clasificadas en base a una serie de actuaciones.

La infracción contenida en el apartado referido a las camas, que han de ser elevables, será sancionada con 500 euros por cada cama elevable no instalada. Se sanciona igualmente el hecho de no disponer de toda la documentación acreditativa de la elaboración del Plan de Circularidad, que conlleva una multa de 100.000 euros. No indicar de manera diferenciada en la carta, menú o similar, los productos que tengan origen balear será sancionado con requerimiento o multa de hasta 1.000 euros, mientras que el resto de infracciones