Dos décadas de protección de las parejas estables

El número de relaciones inscritas se dispara en lo que va de año y alcanza las 1.400 mensuales. Desde abril de 2017, ya se han registrado 33.000 familias. Un hecho que evidencia los cambios sociales y culturales a la hora de entender las uniones entre personas

Cada vez son menos las parejas que se casan. Y las que lo hacen suelen preferir la unión civil antes que pasar por la Iglesia o cualquier otro rito religioso. Sin embargo, es cada vez más habitual que la gente registre sus relaciones estables para beneficiarse de algunos de los derechos asociados a los matrimonios. Así se desprende del creciente número de uniones que se apuntan en el Registro de Parejas Estables, creado por la Generalitat en abril de 2017 para evitar fraudes y poner orden en las inscripciones municipales. Un trámite que, por ejemplo, facilita las gestiones para obtener la pensión de viudedad, competencia exclusiva de la Seguridad Social.

Desde la creación del Registro de Parejas Estables de Catalunya, el número de inscritos no ha parado de crecer y ya supera las 33.000 parejas. A finales de 2017 figuraban en él 7.500 uniones de personas no casadas. En diciembre de 2018, la cifra se había duplicado hasta llegar a las 15.600. Y en lo que va de 2019 se han inscrito una media de 1.400 parejas al mes, según los datos publicados por la Generalitat. El notable aumento de las inscripciones en el registro contrasta con los datos referidos a la tasa bruta de nupcialidad en Catalunya, que, según el Idescat, es de 3,57 por cada 1.000 habitantes, muy por debajo de la de hace casi tres décadas (5,24 en 1990).

Estos cambios sociales y culturales han obligado en las últimas décadas a legislar sobre las uniones estables, un ámbito en el que Catalunya ha sido pionera: en 1998, fue la primera comunidad autónoma del Estado español en contar con una ley que regulase la situación de este tipo de parejas y que afectaba tanto a los enlaces heterosexuales como a los homosexuales, la Ley de uniones estables de parejas. Desde entonces, otras comunidades autónomas han aprobado leyes similares, pero lo cierto es que aún no existe una legislación equivalente de ámbito estatal.

Requisitos para una unión estable

Se considera que una pareja es estable cuando sus miembros han convivido al menos durante dos años o tienen un hijo en común. La inscripción en el Registro de Parejas Estables de la Generalitat es voluntaria y gratuita y se puede realizar presencialmente o de forma telemática, aunque, tanto en un caso como en otro, deberá ir firmada por los dos miembros de la unión. También existe la posibilidad de firmar ante notario un documento constitutivo de esta relación.

Isabel Tapia, de 55 años y presidenta de la asociación de policías LGTBi+ Gaylespol, convive con la misma persona desde hace más de dos décadas. "La ley catalana regula este tipo de relaciones y aporta estabilidad. Y, además, hay personas que no creen en la institución del matrimonio. Llegado el caso, por ejemplo, es más fácil separarse si no se está casada", sostiene Isabel, para quien la elaboración de la ley supuso "un indudable paso adelante, que acabó mejorando con la del matrimonio igualitario", aprobada en el año 2005, bajo el mandato de José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE). La pareja se había apuntado en el registro municipal y más tarde decidieron casarse: "Eso nos daba seguridad como pareja en cuanto a los asuntos legales", añade Isabel.

La ley catalana de 1998 equiparó matrimonios y parejas de hecho en algunos aspectos: ambas uniones tienen los mismos derechos en cuanto a los hijos comunes y las sucesiones. También en las compensaciones económicas en caso de separación. Pero no sucede lo mismo con la pensión de viudedad, que es competencia de la Seguridad Social: aunque el Estado carezca de una ley que regule las relaciones estables, sigue teniendo la potestad para aprobar dicha prestación. No obstante, formalizar el hecho de ser pareja estable facilita el acceso a la pensión de viudedad, ya que la Ley estatal de la Seguridad Social establece, entre otras condiciones, que para acceder a la pensión hay que acreditar un mínimo de cinco años de convivencia estable registrados o una escritura pública de constitución de pareja –ambos procedimientos deben llevarse a cabo al menos dos años antes de la defunción de uno de los miembros.

Xavier Felip Arroyo, abogado, profesor de Esade y exdirector de la Escuela de Práctica Jurídica del Colegio de Abogados de Sabadell, llama la atención sobre la existencia en la actualidad de numerosos modelos de relación y familia. Puede darse el caso, por ejemplo, de que uno de los miembros resida en el extranjero. Y, en este caso, tampoco habría problema para acceder a la pensión de viudedad si se demuestra que la relación es estable.

Algunos expertos, sin embargo, se muestran críticos con la ley de convivencia de hecho. Felip es uno de los que la cuestiona. "La aboliría. Se carga una máxima del Derecho Civil catalán, que es preservar la autonomía de la voluntad de las personas. Si hay dos personas que no se quieren casar porque no quieren estar reguladas, hay que respetar su decisión. Y la ley no se lo permite", asegura el abogado, quien también advierte de que, si lo que una pareja busca regulando su relación fuera del matrimonio es obtener un reconocimiento jurídico, lo mejor es que se case, para, de esta manera, situarse bajo el paraguas de los derechos que se les reconoce a los matrimonios civiles o religiosos.

Del Registro de Parejas Estables, el letrado sabadellense opina que "no es constitutivo, ni da ni quita nada", y recuerda que, antes de su creación, los Ayuntamientos ya habían creado registros propios, aunque sin demasiada utilidad. Luego, la Seguridad Social reconoció el derecho a la pensión de viudedad a este tipo de parejas, en función de unos baremos económicos y siempre y cuando estas estuvieran inscritas en un registro. En Catalunya existía una ley que las reconocía, pero, sin registro, las parejas no podían cobrar la pensión. Por eso se acabó poniendo en marcha el registro en 2017. Este nuevo mecanismo también evitaba fraudes a la hora de acreditar el tiempo de convivencia.

LUCA Y FRAN, TRES TRÁMITES PARA UNA UNIÓN

Luca Tancredi, de 45 años, y Francisco José, de 36, han pasado durante sus diez años de relación por tres procesos diferentes para ser reconocidos como pareja estable; todos en una misma ciudad, Barcelona. Primero se inscribieron en el registro municipal, que desapareció con el cambio de Gobierno de 2011, tras la victoria de Xavier Trias (CiU). Luego acudieron a un notario para disponer de un documento que acreditara su unión. Y, al final, en 2017, no dudaron en inscribirse en el Registro de Parejas Estables de la Generalitat.

"Desde el principio teníamos claro que queríamos acreditar que teníamos una relación estable. Durante un tiempo estuvimos viviendo en otro país y deseábamos que constase que éramos pareja, por si me ocurría algo, que mi pareja no quedase desamparada", explica Luca. Es consciente de que ni la ley ni el registro les reconocen los mismos derechos que a dos personas que han decidido casarse. "Pero nos permite acceder a una pensión de viudedad o a otro tipo de compensaciones", añade. Son tan conscientes de que quieren preservar sus derechos como pareja que cuando decidieron comprar su vivienda y tener una hija en acogida también hicieron testamento. "Se trata de dejar este tipo de asuntos cerrados. Y más cuando tienes hijos", subraya Luca, que junto a Francisco forma parte de la Associació de Famílies LGTBI (FLG) y de la Associació de Famílies Acollidores de Barcelona (Afabar).

Luca no entiende cómo no existe un marco legal de ámbito estatal que ampare las relaciones estables: "España es un país extraño, porque si bien se ha llegado con una fórmula técnica muy elegante al matrimonio igualitario, es también uno de los pocos países en los que no existe una normativa estatal sobre las parejas de hecho. Una pareja estable no tiene el mismo reconocimiento en Catalunya que en Andalucía", recuerda. Para él, el problema fundamental de estas uniones es precisamente que, al no existir una legislación estatal, su situación no se les reconoce de forma automática. "Por lo que los derechos que te otorga ser pareja de hecho no te los reconoce el Estado. Y es este quien concede los derechos más importantes, como la pensión de viudedad. Si hubiera una ley española las cosas serían diferentes".

De ahí que advierta que "mucha gente opte por casarse, porque con el divorcio exprés también es más ágil acabar con la relación". Ellos, sin embargo, no están a favor del matrimonio. "La decisión de no casarnos la adoptamos por razones estrictamente personales y, más tarde, tampoco nos planteamos esta posibilidad, que podía conllevar unos gastos asociados", explica Luca. "Ya tenemos una vida juntos, un proyecto de vida con nuestra hija y otros vínculos más significativos que un papel, que a veces solo se firma para celebrar una gran fiesta y gastarse mucho dinero", sostiene la pareja, que nunca ha sentido la necesidad de certificar públicamente su unión. A lo que Luca añade: "La idea de poner un candado a la relación, personalmente, no me atrae demasiado". Y, con humor, declara que "no se pueden tener vínculos más fuertes que una hija en acogida desde hace cinco años y una deuda enorme".