Objetivo: blindar los derechos sociales

Cuarenta años después de la aprobación de la carta magna aparecen sobre la mesa una serie de evidentes deficiencias en torno a los derechos sociales. Unas deficiencias que han sido señaladas por la eclosión que significó el 15M y que siguen siendo reivindicadas por distintas organizaciones y movimientos políticos, sociales y sindicales que instan a los poderes a blindar unos derechos sociales, que la crisis dejó en evidencia

Danilo Albin

José Carlos tenía 53 años, dormía bajo el cielo del barrio bilbaíno de Deusto y, a bote pronto, nunca había hecho un repaso pormenorizado de la Constitución. El artículo 47 le afectaba de lleno: “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada”, dice la carta magna. Todos, menos José Carlos y otros tantos: este hombre nacido en Bilbao murió a mediados de septiembre pasado, poco más de dos meses antes del 40 cumpleaños de la Constitución. Falleció en la plaza San Pedro, sin un techo digno ni adecuado bajo el que cobijarse. Exactamente lo contrario de lo que dice la Constitución.

El aniversario del principal texto del país está acompañado por un largo listado de derechos sociales —la vivienda entre ellos— que siguen sin ser cumplidos, lo que se traduce en situaciones realmente aterradoras. A José Carlos le supuso la muerte, mientras que otras tantas personas de diferentes puntos del país pelean día a día por la vida bajo mínimos. La última crisis terminó de agrandar la brecha entre el papel y la realidad. Para muchas y muchos José Carlos, la Constitución es papel mojado.

Cuarenta años después de la aprobación de la carta magna aparecen sobre la mesa una serie de evidentes deficiencias en torno a los derechos sociales. Unas deficiencias que han sido señaladas por la eclosión que significó el 15M y que siguen siendo reivindicadas por distintas organizaciones y movimientos políticos, sociales y sindicales que instan a los poderes a blindar unos derechos sociales, que la crisis dejó en evidencia. Así, la educación gratuita, la sanidad pública o la libertad de manifestación y expresión son algunos de los derechos que se vieron debilitados por la crisis económica. Otros, como el de la vivienda o el trabajo ni siquiera se podían reclamar ante los juzgados. Ahora, 40 años después de la aprobación de la carta magna, parece el momento para que las fuerzas políticas se sienten, discutan y acuerden cómo blindar los derechos sociales de los ciudadanos.

María Eugenia Rodríguez Palop, Profesora Titular de Filosofía del Derecho en la Universidad Carlos III, responde de manera clara y contundente: “La Constitución no es en absoluto satisfactoria desde el punto de vista de la protección de los derechos sociales”. ¿El motivo? “A través del artículo 53 se establece una jerarquización entre derechos sociales y lo que llamaríamos derechos civiles, anteponiendo estos últimos a los primeros”.

Precisamente, una de las vías abiertas para blindar los derechos sociales que proponen los expertos contactados por Público pasa por modificar ese artículo, el 53, para que dejen de existir derechos de primera y de segunda. O lo que es lo mismo, que todos puedan judicializarse, lo que otorgaría mayores garantías a la ciudadanía. No en vano, este es uno de los puntos sobre los que gira el debate en relación al futuro de la Constitución. De poco sirve una carta magna si no garantiza los derechos fundamentales a sus ciudadanos.

“Desde los inicios, la Constitución no se ha cumplido   en la parte social, porque no ha habido voluntad de hacerlo. En otras palabras, no se toman en serio los derechos sociales tal como fueron configurados”, apunta desde laUniversidad de Alicante la profesora de Derecho Constitucional Ainhoa Lasa, quien incide en un asunto de sobrada actualidad: “Se hace mucho hincapié en la unidad e indivisibilidad del Reino de España, pero muy poco se pone el acento en la igualdad estructural, que es lo que realmente hace que un país en su conjunto —o un conjunto de estados— funcione y avance”.

 

Por tales motivos, Rodríguez Palop destaca que “los derechos sociales, por mor del artículo 53, necesitan una legislación que los desarrolle para ser judicializables, algo que no sucede con los derechos civiles”. De esta manera, “en caso de violación de un derecho civil uno puede recurrir directamente al Tribunal Constitucional, mientras que en el caso de las violaciones de los derechos sociales —con algunas excepciones— no son objeto en ningún caso de recurso de amparo”.

Por tanto, para blindar los derechos sociales, con esta Constitución en la mano, se pueden intentar, al menos, dos vías. Por una parte, modificar el artículo 53 que, en la práctica, es el que separa los derechos exigibles constitucionalmente de los principios rectores que deben inspirar a la economía y la política social. Por otra parte, los sucesivos gobiernos podrían haber desarrollado estos artículos en leyes orgánicas para convertir el derecho a la vivienda digna, por ejemplo, en un derecho exigible en los tribunales. Pero los gobiernos no lo hicieron. Dejaron hacer y cuando llegó la crisis... muchos de los derechos sociales saltaron por la ventana.

Roberto Uriarte, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad del País Vasco (UPV-EHU) y exresponsable de Podemos-Ahal Dugu, señala que la reforma del artículo 135 de la Constitución, que garantizaba el pago de la deuda por encima de cualquier otra circunstancia, significaba la defunción del estado social. “Lo que tenemos hoy en día es un estado de mercado global, en el cual toda la Constitución y todo el entramado constitucional está a su servicio”, subraya. “El cambio del artículo 135 en el verano de 2011 impuso un cambio de prioridades: todo el modelo político se ha subyugado al modelo económico y se ha puesto al servicio de los poderes financieros”.

En este sentido, Rodríguez Palop también incide en los efectos perversos del artículo 135, cuya reforma —aprobada por el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero con el apoyo del PP— “ha tenido un impacto regresivo sobre los derechos sociales”. El Gobierno socialista, con la ayuda del Partido Popular, mostró en un solo día que con voluntad política es posible cualquier cosa para un Ejecutivo. Si pudo cambiar la Constitución para asegurar el pago de la deuda, se podría haber cambiado en 40 años para asegurar el derecho a una vivienda digna. ¿El problema? La voluntad política.

Ante esa regresión, distintas y distintos expertos plantean cuáles son las vías que deben abordarse para superar estos puntos y conseguir una Constitución que sea garante de los derechos sociales de la ciudadanía. Se trata, ante todo, de blindar lo que aún sigue sin ser blindado: el bienestar. Estos son algunos de los puntos que los académicos y activistas sociales consultados por Público coinciden en señalar como urgentes y necesarios. El debate está abierto.

Derecho a techo

El derecho a un hogar digno aparece al frente de este ranking de vulneraciones. “El disfrute del derecho humano a la vivienda resulta hoy imposible o muy difícil para un sector importante de la población española, situación que en gran parte trae causa de la falta de precisión constitucional y falta de protección adecuada de este derecho. Urge entonces dejar clara en la Constitución española su justiciabilidad y su contenido mínimo”, advierten Amnistía Internacional, Greenpeace e Intermón Oxfam en un informe elaborado en 2015.

Según datos recientes, a día de hoy existen en España 40.000 personas sin techo. “Las personas sin hogar ven reducida su esperanza media de vida en 20 años respecto el resto de la población y presentan entre 2 y 50 veces más problemas de salud físicos que el resto de la población”, advierte Médicos del Mundo. Otras tantas malviven en hogares que no gozan de las mejores condiciones. Según el último estudio elaborado por la Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social (EAPN, por sus siglas en inglés), “los problemas de ruidos exteriores, falta de luz, goteras y podredumbre en paredes y suelos y contaminación y/o suciedad en el entorno afectan a porcentajes de población pobre que oscilan entre el 5% y el 22%”.

Además, “el 60,1% de los hogares pobres no puede permitirse sustituir los muebles estropeados o viejos”. Ante esa situación, Irene Escorihuela, directora del Observatorio Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), advierte que la Constitución “tiene varios preceptos que si se cumplieran o interpretaran correctamente, ayudarían a tener una mayor garantía del derecho a la vivienda”. El problema, señala, es que existen “mecanismos muy débiles” para proteger este derecho. “Lo que tiene que haber aquí es un desarrollo normativo que garantice el derecho a la vivienda”, sostiene.

Como primer paso, cree que debería reformarse la Constitución para “poner todos los derechos al mismo nivel”, lo que permitiría que las personas afectadas “puedan denunciar su vulneración” ante instancias como el Tribunal Constitucional.

Derecho al pleno empleo

Algo parecido ocurre con lo relativo a la clase trabajadora. “El problema de los derechos laborales recogidos en la Constitución es que no tienen el mismo nivel de protección que otros derechos”, afirma el economista Bruno Estrada, adjunto al secretario general de CCOO.

Rápidamente busca un ejemplo. “Mire lo que ocurre con el derecho al pleno empleo: como no está en la primera parte de la carta magna, tiene una consideración de menor rango”. Por tales motivos, Estrada cree que los derechos vinculados con cuestiones laborales “deberían pasara a tener el mismo grado de protección que los que están situados en el Título I” de la Constitución, donde se definen los “derechos y deberes fundamentales”. Entre ellos está el artículo 35, que establece que “todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo”.

Sin embargo, Estrada observa que ese artículo “convive con índices de desempleo que han llegado a superar el 20%”, por lo que en el fondo cree que se trata de “elementos constitucionales declarativos que no tienen una obligación de cumplimiento”. En esa línea, Rodríguez Palop advierte que el artículo 35 “se ha de ver siempre en comparación con el número 38, que establece el derecho a la libertad de empresa y apuesta claramente por una economía basada en la productividad y el consumo”, por lo que, a su criterio, en la Constitución se establece una “prioridad muy clara de la libertad de empresa respecto al derecho al trabajo”.

Precisamente, la profesora de Derecho Constitucional y senadora de Unidos Podemos Pilar Garrido subraya que determinados derechos de los trabajadores, como la negociación colectiva o el uso de la herramienta de la huelga aparecen regulados “de una manera debilitada”. Esta situación tiene sus efectos en la vida cotidiana de las personas trabajadoras. “Por ejemplo, en muchos casos vemos que en las pequeñas empresas no tienen en la práctica derecho a la negociación colectiva, a la representación e incluso a la libertad sindical”, expresa, por su parte, Estrada. Por tales motivos, no duda en subrayar que “se están cercenando derechos básicos” de la población.

Renta básica y universal

Con una clase trabajadora empobrecida, a día de hoy se plantean con fuerza algunos conceptos dirigidos a garantizar una vida digna y que no están contemplados en la Constitución. Es el caso de la Renta básica universal que defiende —entre muchos otros— Lluis Torrens, director de Planificación e Innovación de Derechos Sociales del Ayuntamiento de Barcelona y autor de distintos trabajos en torno a este tema.

“La Constitución tiene que garantizar la cobertura de las necesidades básicas”, sostiene el experto en una conversación mantenida con Público. ¿Cómo? Torrens forma parte de la corriente que defiende que se haga mediante una renta básica, lo que garantizaría que “nadie tenga que vivir sin un mínimo de ingresos y sin unas condiciones dignas”. Ese ingreso universal debería ser “adaptable al nivel del país”, de manera que “se vaya actualizando en función del coste de la vida”. Además, debería estar “blindado de los vaivenes políticos”.

Su puesta en marcha, sostiene Torrens, supondría “un cambio en el sistema fiscal lo suficientemente radical y potente que permitiera pagar una renta básica digna”. “Dinero y recursos hay. Nuestros cálculos nos dicen que para pagar una renta básica decente en España se necesitarían entre dos y tres puntos del PIB”, apunta el experto, quien habla entonces de una necesaria “transferencia de la riqueza de las personas ricas hacia las pobres”.

Educación obligatoria y ¿gratuita?

Manifestación de la Marea Verde en Madrid contra los recortes en Educación. EFE
Manifestación de la Marea Verde en Madrid contra los recortes en Educación. EFE

La educación aparece como otro de esos grandes temas que preocupan a la población. La Constitución, en su artículo 27, establece que “todos tienen el derecho a la educación” y se reconoce que la enseñanza básica “es obligatoria y gratuita”. A grandes rasgos, se define también que “la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”.

Sin embargo, en el ámbito sindical advierten que estos conceptos llevan cuarenta años sin cumplirse de manera adecuada. “En lo que va de 1978 a 2018, el sistema educativo español contabiliza bastantes logros y casi todos a cuenta del trabajo y constancia de los trabajadores de la enseñanza. La apertura del sistema político a las demandas de una educación mejor y más consistente ha sido inconstante, con más altibajos que progresiones y manteniendo estructuras que, en muchos aspectos, recuerdan el pasado”, señala la Federación de Enseñanza de CCOO (FE-CCOO) en un informe elaborado con motivo de su cuarenta aniversario, que coincide con la efeméride de la carta magna.

Sin embargo, señala que “el cumplimiento del artículo 27 de la Constitución” ha sido, “insatisfactorio en cuanto a equidad y calidad democratizadora”. Destaca además que el citado artículo constitucional “obliga a los poderes públicos a garantizar a todas las personas unas condiciones básicas, iguales y dignas en el acceso a una educación de calidad” Este punto de la Carta Magna también es visto con suspicacia por Ramón Font, portavoz de la Unió Sindical dels Treballadors d'Ensenyament de Catalunya (USTEC·STEs). “Se contempla la libertad de enseñanza, pero no se garantiza el derecho a la educación de una forma plena. Se dice que tiene que ser gratuita, pero a posteriori ha aparecido el sistema de conciertos educativos”, sostiene. También le preocupa que “los comedores escolares no estén garantizados”. “Cuando uno abre el grifo en la escuela no tiene que pagar el agua, pero cuando se sienta a comer le cobran el plato”, lamenta.

Constitucionalizar los derechos LGTBI

El ranking de vulneraciones continúa. A Francisco Ramírez, portavoz de la Asociación Colegas, le preocupan los derechos de la población LGTBI que no son debidamente contemplados en la carta magna. A su juicio, “la Constitución debería actualizarse”, ya que existen “una serie de lagunas en torno a la inclusión de los derechos” de las personas lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexuales. El artículo 14, por ejemplo, indica que “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. “Ahí no está incluida la orientación sexual o la identidad y expresión de género”, señala Ramírez.

Luego avanza unas páginas y se detiene en el artículo 32. Allí puede leerse: “El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica”. “Estamos hablando únicamente de género hombre o mujer, y no se hizo ninguna modificación para interpretar el matrimonio igualitario”, apunta el responsable de Colegas, quien apunta que ya existen legislaciones a nivel internacional “que están reconociendo un tercer sexo o sexo indeterminado”.

En las oficinas de la Asociación de Derechos Sexuales y Reproductivos de Catalunya observan otras lagunas, derivadas del propio diseño de la Constitución. “Se trata de un texto hecho a la medida de un hombre blanco y heterosexual”, dice Silvia Aldabert, responsable de esa organización, quien subraya que la carta magna “no garantiza los derechos sexuales y reproductivos de la ciudadanía”. “Hay que tener en cuenta que no aparecen conceptos sobre sexualidad, reproducción humana y demás”, apunta.

El aire que respiras

Las cosas no están mejor respecto al medio ambiente. “La falta de reconocimiento expreso y de protección adecuada y suficiente de algunos derechos humanos en la Constitución Española, incluido el derecho a un medio ambiente saludable, se traduce en ciertas vulneraciones de estos derechos en España”, señala el informe elaborado por Greenpeace, Amnistía Internacional e Intermón Oxfam. De hecho, las tres organizaciones citadas defienden una reforma constitucional que “potencie una aplicación y desarrollo más ambicioso del derecho a un medio ambiente saludable en nuestro país, lo que obliga a la protección del ecosistema, de la salud de las personas y de los derechos de las generaciones futuras en aras del interés general”.

El medio ambiente aparece contemplado en el artículo 45 de la Constitución, pero como principio rector y no como derecho fundamental. Para el director de Greenpeace, Mario Rodríguez, ahí está precisamente la clave. “Eso significa que la ciudadanía no puede reclamar en los tribunales su derecho a respirar aire limpio. Estamos diciendo que aquí hay derechos de primera y de segunda”, sostiene. A su juicio, los derechos vinculados con el medio ambiente deben pasar a tener la categoría de fundamentales. “La ciudadanía tiene derecho a respirar un aire limpio y a vivir en un medio ambiente saludable y digno, de la misma manera que debe disponer de una vivienda o una sanidad digna”, afirmó.

 Honor e intimidad en la red

Asimismo, en estos tiempos marcados por las redes sociales aparece otra cuestión de actualidad que impacta también en la Constitución: el derecho a la privacidad. A día de hoy, el artículo 18 garantiza el “derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen” y señala además que “la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”.

Cecilia Álvarez, presidenta de la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP), no cree que sea necesaria reformar la carta magna, aunque sí ve imprescindible tomar medidas adaptadas a la nueva época. En tal sentido, destaca que en la actual sociedad digital, con el uso de las redes sociales, se generan “nuevos problemas o se exacerban problemas antiguos”. Frente a ello, considera relevante que “las organizaciones desarrollen códigos de conducta”, que las autoridades estén listas para “preparar —junto con las organizaciones y la sociedad civil— guías evolutivas y que en la enseñanza reglada se eduque no sólo a los menores, sino también a sus padres y educadores, sobre aquellas cuestiones esenciales para que su comportamiento digital no les dañe y no dañen a otros.