El aparato judicial heredero del franquismo se quita la careta

Con las grabaciones del ministro Fernández Díaz se puso en marcha el mecanismo de tapadera judicial de los abusos ejecutivos. Tras el 1-O muchos jueces y fiscales entraron en campaña contra los políticos independentistas.

Carlos Enrique Bayo

Las cloacas de Interior han protagonizado durante años las acciones más tenebrosas de la Operación Catalunya para neutralizara políticos,  partidos y activistas del soberanismo catalán, pero desde el 1-O han entrado abiertamente en liza –para reforzar esa ofensiva contra las libertades civiles– jueces y fiscales herederos del aparato judicial represivo del franquismo que pervivió tras el fin de la dictadura sin que se sometiera a ningún proceso de transición democrática ni, mucho menos, de rendición de cuentas y reparación de los procesos injustos y las sentencias arbitrarias del régimen fascista.

Hasta ese momento (el 1-O), la Judicatura se había limitado a hacer la vista gorda frente a los abusos de poder de la brigada política creada en la cúpula policial por el ministro del Interior Jorge Fernández Díaz, como reveló Público al difundir las grabaciones en su despacho oficial que demostraban que empleó fondos y recursos públicos, así como a funcionarios del Estado, para fabricar investigaciones fraudulentas contra sus adversarios políticos, entre 2012 y 2017, tal como dictaminó la comisión de investigación del Congreso de los Diputados creada al efecto. Idéntica conclusión que la que alcanzó la comisión del Parlament de Catalunya.

Mientras el ministro acusaba y amenazaba a los periodistas autores de la exclusiva –y prometía una investigación interna que jamás se llevó a cabo–, Público facilitó las grabaciones íntegras a la Fiscalía General del Estado y el mecanismo de tapadera judicial de los abusos ejecutivos se puso en marcha: la fiscal general Consuelo Madrigal se desentendió de un caso que afectaba  al mismo núcleo de la seguridad del Estado y repartió la causa a las fiscalías de Madrid y de Barcelona, y a la del Supremo porque Fernández Díaz estaba aforado. Y el fiscal jefe del Supremo, Antolín Herrero, desestimó la querella interpuesta por Xavier Trías y CDC alegando que "intercambiar información" estaba dentro de las "competencias" de ambos altos cargos implicados.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo también rechazó admitir la querella, alegando que estaba basada "sólo en medios de comunicación" (las exclusivas de Público) y asegurando que no era posible determinar si las grabaciones habían sido "editadas, alteradas o manipuladas", pese a tenerlas en su poder. El magistrado que redactó el auto, Andrés Martínez Arrieta, ni siquiera encargó un informe pericial de los audios, cuya autenticidad había sido admitida por el propio ministro. Un año más tarde, Fernández Díaz sólo alegó ante la comisión del Congreso que lo que claramente se escuchaba en su boca como "… el fiscal te lo afina", correspondía en realidad a "… el fiscal te lo… ah… en fin… ah".

Los exministros de Interior Juan Ignacio Zoido y Jorge Fernández Díaz. - AFP
Los exministros de Interior Juan Ignacio Zoido y Jorge Fernández Díaz. - AFP

Así que la Justicia española dio carpetazo al mayor escándalo de seguridad nacional y abuso de poder ejecutivo de la democracia, sin analizar a fondo las grabaciones ni dilucidar quién grabó esas conversaciones o cómo se filtraron.  Se trataba de tapar las actividades de las cloacas de Interior, y ningún magistrado abrió diligencias en defensa de las libertades y derechos políticos de la ciudadanía, frente a unas grabaciones que dieron la vuelta al mundo y en las que se hablaba abiertamente de investigaciones prospectivas ilegales con móvil político, de montajes policiales, de manipulación de pruebas y filtraciones para su publicación, de dosieres falsos contra personalidades relevantes… todo ello dirigido por el propio ministro del Interior.

En cambio, tras esa clamorosa dejación de responsabilidad judicial, jueces y fiscales se han dedicado a perseguir con gran entusiasmo a humoristas, raperos y tuiteros de toda índole (salvo los franquistas) por ejercer su derecho a la libertad de expresión. Y el frenesí represor de nuestros supuestos guardianes de los derechos y libertades de todos los ciudadanos se desencadenó con toda su crudeza en cuanto quedó claro que millones de catalanes estaban dispuestos a afrontar prohibiciones, sanciones, duras penas y hasta violencia policial en su empeño por efectuar algo tan antidemocrático como depositar votos en urnas.

En su informe anual 2017/18, Amnistía Internacional denuncia que "algunas autoridades restringieron de manera desproporcionada el derecho a la libertad de expresión y de reunión pacífica tras la decisión de suspender cautelarmente la ley del referéndum catalán adoptada por el Tribunal Constitucional el 7 de septiembre. En Madrid y Vitoria (País Vasco), los tribunales prohibieron dos reuniones públicas de apoyo al referéndum. El ayuntamiento de Castelldefels (Catalunya) dictó una prohibición general del uso de los espacios públicos para celebrar reuniones a favor o en contra del referéndum"…

Aunque el auténtico paroxismo represor se desató en cuanto se constató el fracaso de los esfuerzos ejecutivos y judiciales para impedir que se
celebrase el 1-O, a pesar de que ese día se desplegó contra la población civil catalana "una operación de estilo militar orquestada de forma centralizada y cuidadosamente planificada", tal como expusieron en su Informe Preliminar los 17 observadores internacionales acreditados del Election Expert Research Team que encabezó Helena Catt, directora ejecutiva de la Comisión Electoral de Nueva Zelanda. "Nos dejó anonadados que mandos policiales armados y enmascarados entrasen en los colegios electorales con el objetivo de impedir un proceso democrático pacífico", subrayaron los expertos ingleses, canadienses, irlandeses y neozelandeses, que han efectuado más de 300 misiones de verificación en todo el mundo.

El escándalo internacional consiguiente obligó al Ejecutivo a suspender esa tarde las cargas policiales. Del malestar policial interno por la imprevisión e ineficacia del mando único que encargó el Gobierno al coronel Diego Pérez de los Cobos se pasó a la campaña judicial más desaforada. A primeros de noviembre, en Público ya hicimos el primer análisis jurídico extenso sobre la querella del entonces fiscal general del Estado, José Manuel Maza, contra los cesados miembros del Govern de la Generalitat y de la Mesa del Parlament, que condujo a prisión al exvicepresident Oriol Junqueras y a ocho exconsellers, poniendo de manifiesto los 10 'agujeros negros' de la Justicia española en esa causa y vaticinando que sería tumbada por los tribunales europeos, como así fue meses después.

La precipitación de la actuación del fiscal general y de la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, en pleno arranque del proceso electoral hacia el 21-D, arrebatando las competencias al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), alterando los ritmos judiciales y vulnerando derechos fundamentales y de defensa de los imputados, al enviarlos a prisión sin ser de su competencia, demostró desde el primer momento de la causa anti-independentistas que la Justicia se movía con claras motivaciones políticas e ideológicas. Entre otras muchas cosas, Maza se aferró a un razonamiento capcioso para que Carme Forcadell y los miembros de la Mesa del Parlament de Catalunya fueran enjuiciados por el Supremo, cuando sólo podía procesarlos el TSJC al pertenecer a la Diputación Permanente de la Cámara y seguir siendo aforados: los artículos 56 y 57 del Estatut de Autonomia dicen que el TSJC tiene atribuciones exclusivas sobre los aforados para los delitos cometidos en Catalunya, pero que si se trata de un delito cometido fuera de la comunidad autónoma es competente el Supremo.

Así que Maza adujo que el delito que se atribuyó a Forcadell y a la Mesa del Parlament se había cometido fuera de Catalunya... porque puede tener efectos en todo el Estado. Razonamiento que constituye "una construcción jurídica aberrante", según los juristas consultados por Público. Otro de los jueces que demostraron criterios partidistas fue el titular del Juzgado de Instrucción Nº13 de Barcelona, Juan Antonio Ramírez Sunyer, quien estuvo más de nueve meses tramitando en secreto la denuncia del partido ultraderechista VOX contra el juez Santi Vidal por haber dicho que tenía los datos fiscales de los catalanes. Sunyer ordenó 14 detenciones, una docena de registros e innumerables escuchas telefónicas de dirigentes independentistas, como los dos 'Jordis' (Sánchez y Cuixart, de la ANC y Ómnium) o incluso de consellers.

Además, la jueza Lamela le solicitó muchas de esas grabaciones, bajo secreto de sumario, pero no pidió también los autos de Sunyer que deben justificar esa vulneración del derecho fundamental del secreto de las comunicaciones privadas. El contenido de esas comunicaciones ha sido, por tanto, empleado para acusar a los imputados, sin que se haya verificado si los atestados de Sunyer avalan con la suficiente motivación jurídica esa vulneración de un derecho fundamental.

Tras tan severa y sesgada instrucción, Lamela –quien dictó prisión provisional sin fianza para los 'Jordis' por una insostenible imputación de sedición en las protestas del 20-S– fue recompensada con su ascenso a magistrada de la Sala Segunda del Supremo. Por su parte, el juez de esa misma sala del Supremo Pablo Llarena ha provocado un ridículo judicial de España en Europa, al dictar eurórdenes de detención contra Carles Puigdemont y los otros políticos independentistas exiliados; retirarlas poco después al ver que tenían pocos visos de ser admitidas por los jueces belgas; y volver a emitir la del expresident cuando fue retenido en Alemania… sólo para ver cómo el tribunal superior de Schlewig-Holstein declaraba "inadmisible" su extradición por "rebelión" y sólo accedía a que fuera juzgado por malversación, dejándolo en libertad al no aceptar el juez español el criterio de la Justicia alemana.

El magistrado Pablo Llarena.- EFE
El magistrado Pablo Llarena.- EFE

El empecinamiento de Llarena en imputar "rebelión" a cargos electos que Tomaban decisiones apoyadas por una mayoría absoluta del Parlament de Catalunya no sólo ha sido desautorizado de plano por los jueces europeos sino que coincide con las proclamas del PP y de Ciudadanos de que el procès y la declaración parlamentaria de independencia fueron "un golpe de Estado". Exageraciones populistas que ningún jurista avala.

Llarena ha instruido la causa fiándose a pies juntillas de los informes firmados por el teniente coronel de la Guardia Civil Daniel Baena, jefe de la Policial Judicial de Catalunya que se escondía bajo el pseudónimo Tácito en Twitter, como desveló Público. Desde esa identidad oculta, Baena ha lanzado duras acusaciones contra los mismos políticos a los que investiga y hasta ha predicho lo que iba a ocurrir en el procedimiento poco antes de que ocurriese, como sucedió con la acusación de sedición.

Y esos informes del más que parcial Baena llevaron al juez Llarena a enfrentarse con el ministro de Hacienda del PP, Cristóbal Montoro, pidiéndole explicaciones por declarar que no se había empleado ni un solo euro de fondos públicos en el referéndum del 1-O. Aunque lo más grave es que en el breve informe que el teniente coronel Baena envió al magistrado imputando malversación no se mencionaba que la Intervención General de Hacienda bloqueó desde julio de 2017 las partidas presupuestarias de la Generalitat (cuyas cuentas han estado intervenidas por el Gobierno central desde noviembre de 2015) para el programa 132 –“Organización, gestión y seguimiento de procesos electorales”–, lo que impidió efectivamente el uso de los recursos públicos para dichos fines.

Es decir, la Guardia Civil ocultó al juez Llarena los certificados de Hacienda que demuestran que no se gastó dinero público en el referéndum, y el magistrado sólo se basó en los informes de Baena para dictar las euroórdenes de detención, sin solicitar esa información por vía oficial. “Lo normal –dicen las fuentes jurídicas consultadas por Público– es que el juez hubiera solicitado a la Intervención General de la Generalitat o al Ministerio de Hacienda información acerca de las cuentas de la Generalitat, pero no es comprensible jurídicamente que le pida explicaciones al ministro de Hacienda por unas declaraciones en prensa cuando él sabe perfectamente quiénes hacen funciones de peritos en un proceso y qué documentos son pruebas y cuáles no”.

El último capítulo de este sainete judicial ha sido la petición de amparo cursada por Llarena (fuera de plazo) para que el Estado pague con fondos públicos su defensa en Bélgica frente a una querella presentada por Puigdemont por unas declaraciones que hizo a título particular. El escándalo organizado por los que claman que está en juego "la inmunidad y la soberanía del sistema judicial español" no toma en cuenta que pueden ser las actuaciones de fiscales y jueces como Llarena las que desprestigien y desautoricen a la Justicia de España en el mundo. Más aún cuando la Fiscalía proclama una y otra vez su total coincidencia con los postulados de los letrados del partido ultraderechista VOX, que a su vez se ha querellado contra el magistrado del Tribunal de Primera Instancia Francófono de Bruselas que citó a declarar a Llarena, acusando a ese juez belga de "rebelión" o alternativamente de "sedición" y "contra la paz e independencia del Estado español", un sinsentido jurídico.

La Fiscalía y la Judicatura ya no quieren acelerar la instrucción de la causa del 1-O para celebrar enseguida el juicio oral, ante la perspectiva de que la vista se convierta en un sonoro fiasco judicial de España bajo la mirada de los países democráticos de nuestro entorno. Porque a todo lo dicho hasta ahora habrá que agregar las pruebas de que el coronel Pérez de los Cobos –ascendido después de su nefasta coordinación interpolicial– fue más pasivo e ineficaz que el mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero al que se acusa de inacción y se le imputa dirigir una "organización criminal", cuando los Mossos d'Esquadra actuaron en perfecto cumplimiento del auto del TSJC que les obligaba a "preservar la convivencia y no causar un daño mayor al que se pretende evitar".

Intervención policial del 1 de octubre en Cataluña, que los hoteleros han pedido no emitir más / EFE
Intervención policial del 1 de octubre en Catalunya. / EFE

Pero también hay jueces –y fiscales– que instruyen sobre la crisis de Catalunya con fundamentos jurídicos y constitucionales, sin sesgos políticos ni patrióticos. Como el titular del Juzgado de Instrucción Nº 7 de Barcelona, Francisco Miralles, que investiga las cargas policiales del 1-O y que citó a declarar al subinspector que estaba al mando del dispositivo policial que intervino en la escuela Mediterrània y a un agente antidisturbios al que en los vídeos "se le puede ver en estado de agitación, golpeando con su defensa en la cara a personas ya desalojadas, patear a una persona que está en el suelo intentando levantarse y golpear en la cara a la persona que va en su ayuda".

El magistrado destaca la presencia de personas de edad avanzada, entre ellas un hombre de 82 años, y de otras que requirieron tratamiento médico, y constata que "si bien corresponde al Estado el monopolio del uso de la fuerza, la cual se ejerce mediante los cuerpos y fuerzas de seguridad, este uso de la fuerza es legítimo siempre y cuando exista una justificación para ello y se realice con la debida proporcionalidad". Este juez ha tenido que sobreseer 20 denuncias presentadas por heridos del 1-O ante la imposibilidad de identificar a los agentes que intervinieron, pero se ha enfrentado con el fiscal, manifestando su "discrepancia total" con la tesis de la Fiscalía de que la actuación policial fue proporcionada, al constatar que se afectó "la normal convivencia ciudadana" en violación de las órdenes del TSJC e instando al fiscal a "no minimizar la gravedad" de las cargas de los antidisturbios contra ciudadanos pacíficos.

El magistrado expone un hecho jurídico incontestable: como el referéndum había sido invalidado por el Tribunal Constitucional, la actividad que acometieron millones de catalanes el 1-O no tenía ningún valor jurídico real. Es decir, en términos judiciales no se trataba de una votación de ningún tipo, ya que no era reconocida como tal por la Administración de Justicia, y por tanto sólo era una movilización ciudadana sin efectos legales ni consecuencia alguna, que no podía ser constitutiva de delito.

En consecuencia, no existía motivo ni justificación para que las fuerzas policiales empleasen la violencia para impedirla. Como expuso el juez Miralles, "no es ilegal ni ilícito" que la ciudadanía acudiese en masa a colegios y otros centros de votación "a reunirse o a realizar cualquier actividad que allí se hubiera programado, incluido depositar un papel sin valor legal alguno en una urna". Por tanto, ¿quién delinquió el 1-O? ¿Los que convocaron a los catalanes a mostrar su voluntad de expresarse en las urnas o los que dieron las órdenes para que las fuerzas de seguridad actuasen violentamente contra los ciudadanos para impedirlo?